Oferta de compra de Forfaits/pases Industriales de Cetursa Sierra Nevada S.A. para la temporada de invierno 2021/2022

  • Expediente: FFIndustrial21-22
  • Fecha de publicación: 26/10/2021
  • Fecha límite presentación: Hora 15:00 del día 15/11/2021

OFERTA DE PASES INDUSTRIALES DE CETURSA SIERRA NEVADA, S.A. PARA LA TEMPORADA DE INVIERNO 2021-2022

1. Objeto y condiciones económicas de la oferta comercial

Un número cada vez más relevante de los clientes que visitan la Estación de Esquí y Snowboard de Sierra Nevada tiene un perfil de debutante o principiante, por lo que la iniciación, pero también el perfeccionamiento en la práctica de los deportes de invierno resultan estratégicos para el desarrollo de nuestra actividad y para cumplir el objetivo de que el conjunto de servicios que se prestan en la estación, alcance los niveles de excelencia y garantías de seguridad, demandados y necesarios para una actividad de este tipo.

Cetursa Sierra Nevada S.A. es una empresa del sector público andaluz, adscrita a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, que lleva a cabo la explotación de los medios mecánicos y pistas de la Estación de Esquí y Snowboard de Sierra Nevada, y pone a disposición de las escuelas y profesionales de la iniciación y el perfeccionamiento de los deportes de invierno una oferta comercial exclusiva de un máximo de 500 pases de temporada para profesionales ejercientes en la formación de esquí y snowboard, llamados PASE INDUSTRIAL, en adelante pase, con los siguientes descuentos especiales y condiciones:

  • • Descuento del 50% del precio de venta al público (PVP) del forfait de temporada sin promociones (IVA incluido) para los profesionales del sector, tanto empresas como autónomos.
  • • La colaboración por horas que se venía prestando en años anteriores se ofertará en otro concurso diferente.

Cetursa Sierra Nevada, S.A. fija como límites mínimos para considerar a un titulado para la formación en esquí y snowboard como profesional en ejercicio poder acreditar al menos una base imponible de IVA repercutido en la temporada anterior de 4.000 euros (cuarto trimestre de 2020 y primer y segundo trimestre de 2021) y o haber cotizado a jornada completa al menos 41,5 días durante la temporada anterior. Estas reducciones tanto en la cantidad de la base imponible como en el número de días (20%) se establecen de forma excepcional debido a las circunstancias del Covid-19 que concurrieron la temporada pasada. En el caso de las escuelas, dichos límites se calcularán globalmente en proporción al número de pases industriales obtenidos en la temporada inmediatamente anterior.

En cualquier caso, ésta es una oferta comercial que no vincula a Cetursa Sierra Nevada, S.A., ni a las escuelas o profesionales en ningún otro marco de hecho ni de derecho, que no sea el del texto de esta.

A esta oferta podrán optar empresas dedicadas a esta actividad en la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada con personal contratado al efecto --a partir de ahora escuelas-- o profesionales autónomos, siendo su responsabilidad en ambos casos garantizar el cumplimiento de los requerimientos de esta oferta.

El producto ofertado es único y válido hasta el final de la temporada de invierno. Sólo podrá ser utilizado por profesores de esquí y snowboard. El precio no varía, aunque la activación de este se realice a mitad de la temporada o deje de utilizarse antes de que finalice la misma. No tendrá carácter reembolsable. El pase industrial no incorpora seguro de accidentes alguno. El pase industrial sí incorpora el Seguro Obligatorio de Viajeros.

El pase industrial es un producto exclusivo para el ejercicio de una actividad profesional, por lo que sus titulares no están afectos a la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (RD Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre).

La solicitud de los pases se realizará en los plazos indicados, aunque el pago se formalizará por la escuela o profesional con carácter previo a la activación del pase para su uso a lo largo de la temporada de invierno.

Si el profesional o la escuela que solicita el pase industrial es también proveedor de servicios para Cetursa Sierra Nevada, S.A., podrán establecerse, de mutuo acuerdo entre las partes y formalizado por convenio, sistemas de compensación de sus obligaciones mutuas.

No obstante, para facilitar la gestión de la oferta, la tramitación se realizará siguiendo los procedimientos establecidos para que esté resuelta antes de empezar la temporada.

2. Criterio de selección para la obtención del pase industrial

El proceso de selección para obtener un pase industrial se hará en función de la titulación que exige la Normativa Vigente, dando siempre prioridad a los Técnicos Deportivos Superiores (TD3), a continuación, los Técnicos Deportivos (TD2) y, por último, a los Técnicos Deportivos (TD1) que no han finalizado su periodo de formación.

La asignación se realiza por estricto orden de petición, comenzando por los TD3, a continuación, TD2 y finalmente, TD1, hasta un máximo a lo largo de la temporada de 500 pases. Los profesionales extranjeros tienen que cumplir con la normativa vigente para acceder al pase industrial, concretamente el Reglamento delegado (UE) 2019/907 de la Comisión, por el que se establece una prueba común de formación para instructores de esquí de conformidad con el artículo 49 de la directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de las cualificaciones profesionales.

3. Accesos

Acceso a través de los accesos Fast Pass (sistema de acceso a los medios mecánicos consistente en unas vías de acceso preferentes para los clientes que adquieran este tipo de forfait, el cual dará una entrada rápida a los remontes mediante un camino de acceso diferenciado del ordinario) siempre acompañando a los clientes particulares que hayan contratado los servicios al profesional o empresa titular del forfait industrial.

Esta cláusula estará sujeta a la creación de dichos accesos y las condiciones particulares.

Acceso a Borreguiles en telecabina antes de la hora de apertura exclusivamente para el titular de forfait industrial.

4. Vigencia de la oferta

La vigencia de la oferta y del pase industrial será para la temporada de invierno 2021-2022.

5. Procedimiento de compra del pase industrial

Cada escuela o profesional presentará una solicitud de compra de pase, acompañada de la siguiente documentación:

Presentación de las solicitudes hasta el 15 de noviembre de 2021 a las 15:00h

-TODA ESTA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ESTAR VALIDADA ANTES DE ESA FECHA-

• Anexos I, II, III.

• Escaneo del NIF, NIE o CIF.

• Escaneo de las escrituras de constitución de la sociedad -sólo para escuelas o U.T.E.’s-.

• Titulación compulsada TD2 o TD3 del solicitante -caso de no estar el solicitante en posesión de esta titulación, deberá de adjuntar en esta celda la declaración jurada que se indica a continuación-.

• Declaración jurada, en su caso, de que se llevan a cabo tareas de supervisión sobre los TD1 y que se documentan. -solo para aquellos que no son TD2 o TD3, pero si son propietarios de escuelas o autónomos contratantes-.

• Modelos de I.V.A. de los trimestres 4T de 2020 y 1T y 2T de 2021.

• En su caso, Informe de vida laboral -sólo para nuevos profesionales autónomos o escuelas-.

• Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria de Andalucía.

• Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

• Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.

Acceso al descuento comercial. Tendrá que aportarse la siguiente documentación para poder acceder al descuento comercial antes de realizar la compra.

• Alta en el epígrafe correspondiente en Agencia Estatal de Administración Tributaria.

• Alta en Seguridad Social.

• Póliza de Responsabilidad Civil compulsada.

• Certificado de vigencia de la póliza emitido por la compañía de Seguros.

• Titulación compulsada, contrato y Anexo II por cada uno de los profesores que vayan a ser contratados por la Escuela o el Autónomo.

El pago siempre será online con tarjeta bancaria o mediante financiación a través de CAIXA BANK por el importe correspondiente a la petición de activación que se solicite.

El incumplimiento o falsedad de cualquiera de los requisitos o documentos presentados, supondrá la retirada definitiva de los pases adquiridos para la temporada 2021-2022 y la exclusión del sistema para las siguientes dos temporadas.

No se admitirá documentación entregada por correo electrónico ni de forma presencial ni en otro formato que no sea .pdf, siendo la documentación presentada siempre a través de la plataforma a tal efecto.

La forma de pago será online mediante tarjeta bancaria o mediante financiación a través de CAIXA BANK.

Requisitos técnicos para la obtención del pase industrial:

1. Todas las personas que vayan a usar el pase deberán tener la Titulación Oficial, específica de las modalidades de Deportes de invierno, conforme a la normativa vigente.

2. Estar dado de alta en el IAE en el epígrafe o epígrafes correspondientes a la actividad que desarrolla, incluyendo la enseñanza, iniciación y perfeccionamiento de los deportes de invierno.

3. Contar con los medios personales y materiales suficientes para mantener comunicación con Cetursa Sierra Nevada S.A. en horario de explotación por motivos comerciales, operativos y/o de seguridad.

4. Disponer de los recursos materiales y humanos para cumplir los contenidos de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, así como en la normativa de

aplicación en la contratación a distancia mediante páginas web y otros soportes electrónicos, al menos en los siguientes términos:

Identificación del responsable de la oferta.

a) Identidad de la escuela o del profesional, incluido su nombre comercial.

b) Dirección completa del establecimiento/sede social de la escuela o profesional.

c) Número de teléfono, fax y la dirección de correo electrónico de la escuela o profesional.

d) Oferta de venta: Productos y servicios que oferta con sus características principales.

e) Precio total de los servicios ofertados.

f) Identificación de las formas de pago.

g) Procedimiento de entrega y ejecución del servicio.

h) Procedimiento de compra.

i) Garantía legal de conformidad.

j) Duración de las obligaciones del consumidor y usuarios derivadas del contrato.

k) Asistencia postventa al consumidor y usuario, servicios postventa y garantías comerciales, así como sus condiciones o Derecho de desistimiento.

l) Derecho de desistimiento (cuando éste sea exigible), así como las condiciones, el plazo y los procedimientos para ejercerlo.

m) En el caso de que no sea exigible, información al consumidor de que no dispone de ese derecho o condiciones generales de contratación.

n) Condiciones generales en un lugar visible.

ñ) Cláusulas generales de la contratación adecuadas a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez.

Prácticas comerciales desleales.

a) No usar prácticas desleales con los consumidores y usuarios.

b) Información veraz sobre adhesión a código de conducta o distintivo de calidad.

c) Información de la forma para conseguir los códigos de conducta o contratación.

d) Garantía de que se facilita al consumidor la confirmación del contrato establecido en un soporte duradero y plazo razonable o quejas y reclamaciones.

e) Información sobre la dirección postal, número de teléfono, fax, cuando proceda, dirección de correo electrónico en los que el consumidor y usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los servicios ofertados o contratados.

f) Dirección legal para remitir correspondencia, si es distinta a la habitual.

g) Compromiso de colaboración en caso de evacuación o emergencia que pudiera tener lugar en el área esquiable de la Estación de Esquí. Para ello, y en el caso de evacuación o emergencia comunicada por la estación, antes de abandonar las instalaciones, el titular del contrato acudirá o contactará con la Torre de Control para conocer la situación y ponerse a disposición del personal de Cetursa Sierra Nevada S.A. encargado de la actuación. Compromiso de colaboración para aquellas situaciones en las que la explotación de la estación se pueda ver comprometida por razones técnicas o meteorológicas.

h) Los titulares de pases industriales deben de ir identificados en su vestimenta de trabajo con la palabra INSTRUCTOR, PROFESOR o MONITOR, de forma claramente visible y, si son profesores de una escuela, con la identificación de esta.

i) Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración de la autorización una póliza de Responsabilidad Civil General / Profesional que dé cobertura a los daños corporales, materiales y consecutivos causados en el curso de la actividad autorizada que fueren imputables a la empresa, sus directivos, empleados y subcontratistas, incluidos monitores con contrato mercantil. La póliza deberá tener un límite de indemnización mínimo por siniestro de 600.000€, sin sublímite por víctima inferior a dicha cuantía. De forma adicional, deberá incluir cobertura de Responsabilidad Civil Patronal, con sublímite por víctima no inferior a 450.000€. Será necesario presentar prueba de cumplimiento de las condiciones anteriores con carácter previo al inicio de la actividad, en el momento de solicitud de la autorización. En concreto, se deberá presentar certificado de cobertura actualizado expedido por la entidad aseguradora. El cumplimiento de la presente condición no limitará las responsabilidades de la empresa autorizada, sus directivos, empleados y subcontratistas, incluidos los monitores subcontratados, debiendo responder totalmente de los daños y perjuicios causados a terceros.

5. Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, liberando a Cetursa Sierra Nevada, S.A., de cualquier responsabilidad, que, por dicho motivo, pudiera originarse. Por tanto, en ningún caso Cetursa Sierra Nevada S.A. resultará responsable de las obligaciones del beneficiario de la oferta con sus usuarios finales, aún como despidos y medidas que adopte sean consecuencia, directa o indirectamente, del incumplimiento o interpretación del contrato establecido.

En el caso de las escuelas, que todo el personal contratado para el desarrollo de esta actividad esté dado de alta en la Seguridad Social cuando tenga el pase activado.

6. Cumplir con las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos laborales incluidas en la ley 31/1995, el Real Decreto 39/97 y los diferentes Reales Decretos que han transpuesto Directivas europeas sobre salud y seguridad en el trabajo.

7. Las personas que usen el pase –sea trabajador contratado por cuenta ajena o profesional- tendrán que suscribir el Código Ético descrito en esta oferta (Anexo II) de modo individual, al ser esta obligación de forma personal y exclusiva del usuario del pase, con la debida vigilancia de la escuela y/o profesional responsable de la oferta comercial. Las penalizaciones asociadas al mismo tendrán que asumirse por las escuelas o profesionales que compran los pases, sin menoscabo de los acuerdos o repercusiones que éstos quieran realizar sobre terceros.

Así mismo y en caso de no ser arrendatarios de un local en Borreguiles para la atención personalizada de los clientes, se deberá hacer uso de los puntos de encuentro que se habiliten, quedando terminantemente prohibido ofertar clases o la recepción de clientes fuera de las zonas habilitadas.

8. La responsabilidad del desarrollo de la actividad de clases será exclusiva de la escuela o el profesional que preste el servicio, cualquiera que sea el estado y condiciones de la climatología, la nieve, la pista y, en general, de los medios que se utilicen para el desarrollo de su actividad en cada momento.

6. Documentación necesaria para acreditar la condición de PROFESIONAL EJERCIENTE de la enseñanza, iniciación o perfeccionamiento de los deportes de invierno

a) Las personas naturales que se presenten a la oferta comercial presentarán copia de su Documento Nacional de Identidad. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y permiso de trabajo.

b) La capacidad de obrar de las escuelas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica o ente sin personalidad de que se trate.

c) Cuando el solicitante actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, acompañado de declaración de vigencia de este.

d) Copia compulsada de Titulación Oficial, específica de las modalidades de deportes de invierno, conforme a la normativa vigente.

e) Certificado de la Agencia Tributaria de situación censal con estado de alta en el IAE en un epígrafe que faculte para el ejercicio de la actividad de enseñanza, iniciación y perfeccionamiento de los deportes de invierno

f) Certificado de que se halla al corriente del pago de las obligaciones tributarias (autonómica y estatal) y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

g) Copia compulsada de la Póliza de Responsabilidad Civil General / Profesional y del recibo de estar al día en los pagos de esta para confirmar su vigencia.

h) Declaraciones trimestrales de IVA del cuarto trimestre de 2020, y del primer y segundo trimestres de 2021 que acrediten, en su conjunto, una facturación (Base imponible de IVA repercutido) de al menos 4.000 euros por pase industrial, en el cómputo total de la temporada 2020-2021.

i) Certificado de Vida Laboral del periodo 1 de noviembre de 2020 a 5 de mayo de 2021, con al menos 41,5 días completos de alta.

j) Las escuelas y profesionales que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de querer acudir a la oferta comercial. Cuando dos o más empresas presenten conjuntamente a la oferta comercial, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la oferta comercial, haya de ostentar la plena representación de todas frente a Cetursa Sierra Nevada S.A.

k) Identificación de la sede social, así como de la comercial, sea esta física y/o electrónica, si ambas fueran diferentes.

l) Anexo I cumplimentado como solicitud de pase industrial.

m) Anexo II cumplimentado.

n) Anexo III: Autorización para recibir notificaciones por correo electrónico.

o) Para las escuelas y profesionales extranjeros, el compromiso de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, y en concreto a los de Granada para todas las incidencias, que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponder al licitante.

En cualquier momento, Cetursa Sierra Nevada S.A podrá solicitar la actualización de la información que considere para garantizar que se cumplen los requisitos durante toda la temporada.

Quien no habiendo sido usuario de pase industrial en la temporada 2020-21 no cumpla con los requisitos anteriores en el momento del cierre del periodo establecido para la solicitud del pase industrial, no podrán obtenerlo en modo alguno.

7. Calificación de la documentación general.

Concluido el plazo de presentación de las solicitudes, se calificará la documentación general contenida en las ofertas y, si se observase defectos materiales en la documentación presentada, se notificará por correo electrónico al solicitante correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no inferior a 5 días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un solicitante contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido en la oferta comercial.

Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los solicitantes, se podrá recabar de éstos las aclaraciones que se estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las solicitudes. Una vez repasada la documentación, se aceptará la solicitud que será tramitada a través del Departamento de Control, de forma progresiva según las necesidades que se vayan generando en la temporada.

8. Dudas y aclaraciones

Las consultas deben formularse por escrito al correo electrónico paseindustrial@cetursa.es

 

[ACCESO A LA SOLICITUD DE PASES INDUSTRIALES]